Los sellos de advertencia fueron ley y deben respetarse

Los sellos de advertencia aseguran el acceso a información clara y visible respectos de la composición de los alimentos.

Ya a varios años de la implementación de la ley 20.606 de Composición Nutricional de los alimentos y Publicidad, más conocida como ley de Etiquetado, y de acuerdo con lo planificado, la norma eleva sus exigencias a los rótulos de alerta nutricional.

Actual ley : Entro en vigencia el 27 de junio de 2016 y no solo obligo a la incorporación de sellos de advertencia “ALTOS EN” calorías, grasas saturadas, azucares y sodio a los alimentos envasados sólidos y líquidos que se venden en Chile, sino también restringió la publicidad de los alimentos “ALTOS EN” dirigidas a menores de 14 años y aseguró una oferta de alimentos saludable al interior de establecimientos educacionales, prohibiendo la venta, promoción y entrega de alimentos con sellos en los establecimientos de prebásica, básica y media.

Alimentos involucrados “Para definir cuáles eran los alimentos sujetos a esta ley lo que se hizo fue mirar los límites que tienen los alimentos en la naturaleza en términos de azucares, sodio, grasas saturadas y energía, y a partir de estos límites se fijaron los niveles y contenidos que tenían que contener los alimentos, de modo que aquellos que lo excedían debían estar sujetos a esta ley”

Tiempos. En un intento de dar más tiempo a la industria para que respondiera a esta nueva regulación, y eventualmente reformulara sus alimentos, lo que se zanjo fue una implementación en fases. Esto significó tener límites un poco más alto al inicio de la ley en 2016, los que posteriormente fueron ms estrictos.

Finalmente llegaron a los límites que originalmente se plantearon.

SÔLIDOS. El acuerdo de los límites de la ley significa en la práctica que los productos solidos cada 100 g deberán tener el sello de advertencia a las 300 calorías, 500 mg de sodio, 15 g de azúcar y 5 g de grasa.

LIQUIDOS. En el caso de los líquidos, en esta fase de la ley establece que cada 100 cc de líquidos tendrán que llevar sellos si superan las 80 calorías, los 100 mg de sodio, los 5 g de azúcar y 3 g de grasas.

FISCALIZACION Se desarrollan protocolos de monitoreo e inspecciones dirigidas, que son con cierto criterio de priorización, porque no hay capacidad de fiscalizarlo todo.

SELLOS Los sellos de advertencia aseguran el acceso a la información clara y visible respecto de la composición de los alimentos, facilitando tomar decisiones de compras más saludables. Los sellos de advertencia no prohíben consumir los alimentos que los presentan, pero invitan a hacer cambios graduales en la alimentación prefiriendo aquellos alimentos con menos sellos o sin sellos.

LOS LIMITES Estos se establecieron por 100 g o 100 ml. Porque lo más importante es conocer la calidad de los alimentos y al medirlos de esta forma, 100 ml o 100 g, e está observando la esencia del alimento en sí mismo. Un alimento de calidad debe tener menos calorías, azucares, grasas saturadas y sodio.

Fuente: Ministerio de salud Chile
Redacción Mónica Álvarez
Fotos de archivo
Editor médico Dr. Pero Barreda