Desde ahora los chilenos podrán acceder a medicamentos más baratos y de mejor calidad. Con esta reforma al Código Sanitario se garantiza que la población pueda acceder a medicamentos en forma oportuna, con calidad comprobada en términos de eficacia y seguridad.
La nueva norma contempla varias iniciativas, entre ellas la creación de la Agencia Nacional de Medicamentos (Anamed); la certificación de medicamentos bioequivalentes que a la fecha ascienden a 376 y la creación del Fondo Nacional de Medicamentos vigente desde enero de este año y que financia los tratamientos de personas que padecen de enfermedades denominadas de alto costo que no son costeadas por Fonasa o las Isapres.
Todo esto enmarcado en las principales demandas de la ciudadanía: el derecho a elegir, a acceder a medicamentos de calidad, seguros y bajo costo y con plena información.
Ejes de la Ley Nacional de Fármacos
-Médicos y otros profesionales de la Salud, como dentistas y matronas, que prescriben medicamentos, están obligados a colocar en la receta, el nombre comercial del fármaco y la denominación genérica. Esto va a permitir la intercambiabilidad del producto.
-Se obliga a las farmacias a tener disponibles los medicamentos bioequivalentes aprobados por el Instituto de Salud Pública.
-Todos los fármacos deberán tener escrito el precio en su caja o envase.
-Se permite la venta de medicamentos que no requieren receta médica en las góndolas de las farmacias, como analgésicos, antigripales, antiinflamatorios, jarabes para la tos, descongestionantes y vitaminas, entre otros.
-Se autoriza la venta por unidades, con el fin de que la persona no pague de más por medicamentos que no necesita y que además quedan en la casa a riesgo de que pueda ser usado por un niño, provocando cuadros de intoxicaciones.
-En aquellos lugares donde no existan farmacias establecidas, se autoriza la venta de fármacos a través de farmacias móviles o almacenes farmacéuticos. Y en caso que estos servicios no estén instalados, se autoriza a los consultorios y hospitales de esa localidad a suministrar al público estos productos.
-En aquellos casos en que exista desabastecimiento de un determinado medicamento en el país se autoriza a Cenabast a importar directamente y adquirirlos a precios competitivos.
-Se prohíbe la canela o entrega de incentivos económicos a los dependientes de las farmacias por vender un determinado medicamento.
FUENTE El mercurio.cl
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